👉 Contratar a trabajadores seniors mayores de 45 años tendrá su “premio” a partir del 6 de septiembre.

A partir de septiembre, todos los autónomos y pequeños negocios y empresas españolas que contraten a una persona mayor de 45 años disfrutará de bonificaciones. La nueva normativa ha bajado el umbral de edad para estos incentivos, de los 50 a los 45 años. Precisamente constituyen el 50% de los parados.

👉  Pero esta normativa que entra en vigor tiene condiciones y requisitos, y es que los trabajadores por cuenta propia y las empresas que contraten a estos trabajadores y se ajusten a ellas, tendrán que firmar contratos indefinidos, a tiempo completo y con una duración mínima de tres años.

  • Pero hay una serie de condiciones. Si no se cumple con los requisitos, habría que devolver esa bonificación, más los intereses que se hayan generado, y podría derivarse una posible inspección de trabajo por aplicación indebida de bonificaciones. Tampoco se podría volver a pedir una nueva bonificación durante determinado tiempo en relación a ese mismo trabajador, aunque no respecto a la totalidad de la plantilla. Se podrá despedir, siempre y cuando la extinción del contrato sea procedente o tenga causa. Si el despido es procedente o el trabajador no consigue superar el periodo de prueba, no habría que devolver la bonificación”.
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