
A partir del 1 de septiembre de 2026, determinados colectivos deberán recibir por vía electrónica las notificaciones y comunicaciones de la Seguridad Social.
El cambio está regulado por la Orden ISM/541/2026, que amplía los colectivos de personas físicas obligadas a recibir electrónicamente determinadas comunicaciones de la Administración de la Seguridad Social.
¿A quién afecta el cambio?
Entre los colectivos afectados se encuentran las personas solicitantes o perceptoras de prestaciones por:
- Incapacidad temporal, como las bajas médicas.
- Incapacidad permanente, cuando la notificación o comunicación esté relacionada con esta prestación.
- Lesiones permanentes no incapacitantes, cuando la comunicación esté relacionada con estas prestaciones.
También continúan incluidos otros colectivos que ya estaban sujetos a este sistema, como los relacionados con prestaciones por nacimiento y cuidado de menor, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
¿Cómo se recibirán las notificaciones?
Las notificaciones se pondrán a disposición del interesado en la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS).
Cuando exista una nueva comunicación, la Seguridad Social enviará un aviso informativo al dispositivo electrónico o dirección de correo electrónico que el interesado haya facilitado, indicando que dispone de una nueva notificación.
Es importante tener en cuenta que este aviso es únicamente informativo. La notificación con efectos legales es la que se encuentra disponible en la Sede Electrónica.
Para acceder será necesario identificarse mediante alguno de los sistemas admitidos por la Sede Electrónica, como certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, según corresponda.
Atención al plazo de 10 días
Este es uno de los aspectos más importantes del nuevo sistema.
Si una notificación electrónica se pone a disposición del interesado y no se accede a ella en un plazo de 10 días naturales, se considerará rechazada y continuará produciendo los efectos previstos legalmente.
Por este motivo, no revisar las notificaciones electrónicas puede provocar la pérdida de plazos para realizar trámites como presentar documentación, efectuar alegaciones o interponer determinados recursos.
Revisa tus datos de contacto
Es recomendable comprobar que el teléfono móvil y el correo electrónico facilitados a la Seguridad Social estén actualizados para poder recibir correctamente los avisos.
Aunque la notificación electrónica pasa a ser obligatoria para estos colectivos, la normativa contempla determinadas excepciones y mecanismos de asistencia presencial para las personas que tengan dificultades para utilizar los medios electrónicos.